Edición on-line
inicio     buscar artículo     protección de datos     créditos     contactar
 
 
 
 
en este número
Relación de contenidos
   
 
  Acceda a los artículos publicados en el último número a través de este menú.
EDITORIAL
UNIDAD DE DETECCIóN DE VENENOS
75 ANIVERSARIO LAGUNAS DE RUIDERA
CENTROS INTERPRETACIóN ALTO TAJO
REGLAMENTO EMAS
BREVES
 
 
buscar en este número
Buscador avanzado
 
Buscar palabras o frases o autores solo en este número de revista.
  buscar  
 
 
artículos más vistos
Artículos más visitados
 
  Acceda a los artículos más vistos de todos los números publicados.
PARQUES Y JARDINES URBANOS
Revista número: 16
Autor: Pedro M. López Medina
EDITORIAL
Revista número: 25
EL PITóN VOLCáNICO DE CANCARIX
Revista número: 21
Autor: Mª Elena Gómez Sánchez
 
 
  ÁREAS PROTEGIDAS
 
 
Versión imprimible   Enviar a un amigo
 

 
Las Lagunas son en realidad el cauce de un río embalsado por represas naturales.
El 5 de noviembre de 1933, la Gaceta de Madrid (el BOE de la época) publicaba la declaración como Sitio Natural de Interés Nacional de “las Lagunas de Ruidera con el Valle principal en que está situadas”. La declaración la firmaba Don Cirilo del Río, un ilustre abogado natural de la ciudadrealeña localidad de Castellar de Santiago, que por entonces desempeñaba el cargo de Director General de Montes, Pesca y Caza, y que sólo unos días después ocuparía la cartera ministerial de Agricultura.

Como motivos para esta distinción se alegaban tanto las características naturales del enclave, como “circunstancias de orden histórico, legendario y artístico”, aludiendo una vez más a que “estos parajes constituyen la comarca elegida por nuestro inmortal Cervantes para teatro de las aventuras de Don Quijote y Sancho”, evocación del célebre episodio de la Cueva de Montesinos.

El contraste de la roca caliza con el turquesa de las aguas es una de las señas de identidad de la laguna “La Lengua”.

Es frecuente observar el vuelo del aguilucho lagunero, sobre todo en época de reproducción.
 

Se destacaba la singularidad que supone encontrar este paisaje acuático formado por un río que, embalsado por represas naturales, forma una cadena de extensos y hondos lagos conectados por espumosas cascadas, en medio de la solitaria y árida paramera del Campo de Montiel; y la importancia de las marañas de carrizales y espadañas como cobijo de las aves acuáticas.

 
El pato colorado es una de las especies destacadas de la avifauna de Ruidera.

El Centro de Interpretación nos proporciona información sobre los valores naturales y culturales del Parque.
 
La imprecisa definición de los límites, la ausencia de medidas de gestión para la conservación del espacio, podría llevarnos, desde la perspectiva de la conservación de la naturaleza que tenemos hoy, a pensar en esta declaración como un mero gesto voluntarista, como una simple constatación del interés paisajístico de las Lagunas, y poco más.

Sin embargo, la declaración en 1933 como Sitio Natural de Interés Nacional, coloca a las Lagunas de Ruidera como protagonistas justo en el momento histórico en que en España se están gestando las primeras políticas de conservación de espacios naturales.
La figura de Sitio Natural de Interés Nacional
 

 
Bosque mediterráneo, agua y vegetación palustre, forman una perfecta combinación en las Lagunas de Ruidera.
Efectivamente, en diciembre de 1916 se publicó la Ley de Parques Nacionales, que por primera vez en el ordenamiento español permitía al Estado proteger determinados espacios con el fin de hacer respetar “la belleza natural de sus paisajes, la riqueza de su fauna y de su flora y las particularidades geológicas o hidrológicas”, y evitar con la mayor eficacia posible “todo acto de destrucción, deterioro o desfiguración por la mano del hombre”.

El enfoque es de conservación estricta, convirtiendo a los parques en santuarios intocables, lo que, unido a la necesidad de acuerdo previo con los propietarios, hizo que la nueva legislación sólo se tradujera en la declaración de dos parques nacionales, el de la Montaña de Covadonga, y el del Valle de Ordesa, lo que además circunscribía el ámbito de los espacios naturales protegidos españoles a extensos parajes de alta montaña.

La belleza paisajística de las Lagunas, unida a su valor natural, convierten a este Parque Natural en un paraje único.
 
Es por ello que en 1927, una década después, y con el fin de revitalizar la incipiente política conservacionista, se publica una Real Orden mediante la cual se crean las figuras de Sitio Natural y Monumento Nacional de Interés Nacional. La figura de Sitio Natural de Interés Nacional se reserva para espacios que, “aún cuando su extensión sea reducida”, y no reúnan las condiciones para ser declarados Parque o Sitio Nacional, “merezcan, sin embargo, ser objeto de especial distinción por su belleza natural, lo pintoresco del lugar, la exuberancia y particularidades de la vegetación espontánea, las formas especiales y singulares del roquedo, la hermosura de las formaciones hidrológicas o la magnificencia del panorama y del paisaje”

Ambas figuras de protección se constituyen como alternativa a los parques nacionales, intentando adaptarse de una forma más adecuada a la diversidad de paisajes y hábitat de nuestra geografía nacional, y, en este sentido, tuvieron un considerable éxito que se tradujo en la declaración en los años siguientes de 14 Sitios Naturales y 1 Monumento Natural de Interés Nacional.

 
Las formaciones de roca que separan y embalsan las lagunas son conocidas como Barreras Tobáceas o, simplemente, Tobas.
Pero además de poner de relieve los valores de aquellos espacios y facilitar el acceso físico a los mismos, por primera vez en España se plantea facilitar el acceso intelectual y educativo a los espacios protegidos y se proyectan las guías de Sitios Naturales de Interés Nacional que editaría la Comisaría de Parques Nacionales, con el fin de difundir entre toda la sociedad el conocimiento sobre los valores que atesoran estos enclaves, introduciendo de esta forma una perspectiva “democrática” en la conservación, que adopta así un sentido de herramienta puesta al servicio de toda la sociedad en beneficio de todos sus integrantes.

Posteriormente la Constitución de 1931 incorporaría en su artículo 45 que le Estado protegería los “lugares notables por su belleza natural o por su reconocido valor artístico o histórico”, con lo que la protección de estos espacios se colaba por fin en el marco constitucional, poniendo al Estado como valedor y garante de que la riqueza de estos entornos se accesible a todos.

Voluntarios ambientales participantes en un campo de trabajo en el Parque.
 
El desarrollo de aquella incipiente política de conservación se vería después truncado por el paréntesis impuesto por la guerra civil y la posguerra, pero ello no resta ni brillo ni importancia a aquella generación que puso los cimientos de la conservación de la naturaleza en España. Por eso hoy, setenta y cinco años después de la declaración de las Lagunas de Ruidera como Sitio Natural de Interés Nacional, es un buen momento para rendir homenaje a aquellas personas que empeñaron su esfuerzo y mejor voluntad en preservar este espacio natural.
La conservación de las Lagunas de Ruidera hoy
 

 
La disposición final de la Ley de Parques Nacionales de 1975 rescató del olvido los Sitios Naturales de Interés Nacional, instando a su incorporación a las nuevas categorías previstas por la Ley. De acuerdo con esto, en 1979, mediante Real Decreto 2610/1979, de 13 de julio, el Sitio Natural de Interés Nacional de las Lagunas de Ruidera pasó a convertirse en Parque Natural, formándose su primera Junta Rectora.

En 1980, la UNESCO declaró la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda, dentro de la cual quedaban incluidas las Lagunas de Ruidera. Posteriormente, y como consecuencia de la “europeización” de la política de conservación de la naturaleza en España, se produjo la incorporación de las Lagunas de Ruidera a la Red Natura 2000 como Lugar de Importancia Comunitaria. Con todo ello, la conservación de este singular enclave rebasaba el ámbito nacional, trasladándose también a la Unión Europea y a las Naciones Unidas.

 
Pero si bajamos del mundo de las “declaraciones” al de la gestión diaria del Parque, resulta clave la aprobación en el año 1995 por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, en sesión celebrada el siete de noviembre, del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera. Este Plan desarrolla lo establecido en el artículo primero del Real Decreto 2610/1979, y en el artículo 10 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, definiendo las funciones que el Parque debe cumplir.

La publicación del Plan Rector de Uso y Gestión constituye un importante avance en la protección de este Espacio Natural y además de marcar las directrices para su gestión, sienta las bases para la colaboración por un desarrollo sostenible entre el Parque y su área de influencia socioeconómica.

 
La Casa de Hazadillas nos proporciona una muestra de lo que fueron los usos y aprovechamientos tradicionales en esta zona.
En este año de celebraciones, reflexionamos sobre el trabajo realizado en el pasado para conservar esta singularidad de la naturaleza, asumimos sus enseñanzas y nos disponemos a seguir un camino que nos conduzca a mantener la integridad de este valioso paraje. También debemos ser capaces de impulsar cambios que dinamicen, de manera ordenada, su papel social, para lo que hemos fijado unos objetivos conducentes a alcanzar esta meta.

Así, nos proponemos ser mas eficaces en la divulgación de los valores del Parque Natural, especialmente entre la población mas cercana al mismo; reforzar la relación entre el Parque y esta población mediante el intercambio de conocimientos, experiencias y recursos; promover el conocimiento del Parque entre la población escolar mediante la aplicación del Plan de Educación Ambiental, que se ha redactado en este año.

 
Para contribuir a la dinamización económica del área de influencia del Parque, bajo el prisma del desarrollo sostenible, hemos comenzado el proceso de implantación de la Carta Europea de Turismo Sostenible, habiéndose celebrado el pasado 21 de noviembre, en el municipio de Ruidera, la primera reunión informativa sobre esta herramienta de trabajo y colaboración entre el Parque Natural y todos los demás estamentos implicados en el aprovechamiento de los recursos turísticos de éste.

Son también objetivos prioritarios en la gestión de este espacio impulsar la ampliación del Parque Natural, su inclusión en el convenio RAMSAR, modernizar la gestión Parque aplicando nuevas tecnologías que recojan toda la información que se ha generado y se genera, creando una base de datos y un SIG específicos, promover y coordinar material y formalmente la ordenación y mejora de las infraestructuras de Uso Público del Parque, recopilar los trabajos realizados por diferentes colectivos, materializándolos en documentos y propuestas de futuro y poniendo en practica las recomendaciones que, en su caso, contengan para una mejor gestión.

Es un deseo y una necesidad la creación de un Centro de Interpretación adecuado a la categoría de este Espacio Natural y del volumen de visitantes que recibe cada año, y así se manifiesta y se impulsa desde el propio Parque y desde la Administración Ambiental que tiene encomendada su custodia.

 
Consideramos que la creación de este Centro contribuirá a un mejor conocimiento del Parque Natural, resaltando sus valores y mostrando su belleza y fragilidad. Posibilitará también la muestra de un patrimonio cultural que hasta el momento solamente se ha conocido en un ámbito restringido, y que es una muestra más de su inmenso valor, que no solamente se ciñe a su valor natural aunque éste sea su génesis y su principal valedor.

Otro punto de avance importante en la conservación del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera, es la puesta en marcha del esperado “Plan de Saneamiento Integral del Parque Natural y municipios bajo su influencia”, cuyas obras comenzarán en un breve plazo de tiempo. Este Plan dará a las Lagunas la oportunidad de liberarse de los problemas derivados de la gestión de las aguas residuales de su entorno, un problema que devasta su vegetación sub-acuatica e interfiere en su uso público.
Actos conmemorativos
 

Para conmemorar estos 75 años de la declaración como Sitio Natural de Interés Nacional de las Lagunas de Ruidera, se han preparado una serie de actos y eventos que incluyen publicaciones, concursos, exposiciones y actividades en el Parque, y que pretenden llegar al máximo de colectivos posibles. Destaca la edición de un libro conmemorativo, o la celebración de un concurso fotográfico y un certamen literario, entre otros. Tanto para las publicaciones como para otros eventos se ha contado con la colaboración intelectual y económica de entidades como “Caja Castilla la Mancha”, “Hidroguadiana S.A” y con el “Consorcio para la Gestión del Plan Estratégico del Alto Guadiana”.

  
  
 
  
  
 
+ Info
Para más información sobre estos actos y las bases de los concursos, pueden consultar la web institucional de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente


  
  
 
  
  
 
+ Info
Gaceta de Madrid, núm. 309, 5 de noviembre de 1933, p. 884.
Marisa Colmenero Pérez
Directora del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera
Francisco Plaza Torres
Servicio de Educación Ambiental
  subir  
 
       
©2020. Consejería de Desarrollo Sostenible.
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha