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Si hay algo que caracteriza el paisaje de Castilla-La Mancha, probablemente sean las amplias llanuras que conforman buena parte de su territorio. Aunque sociológicamente para la mayoría de las personas quizás sean los paisajes de bosque y montaña los que gozan de un mayor atractivo por la presencia de árboles, ríos, arroyos y más o menos espectaculares formaciones geológicas, las llamadas zonas esteparias, a pesar de su “menor” valor estético, poseen sin duda una gran importancia como ecosistemas que albergan a un buen número de especies de flora y fauna protegidas por las leyes de conservación en el ámbito comunitario, estatal y autonómico.

  
 
La intensificación de las actividades agrarias, la creciente urbanización y la proliferación de infraestructuras, son las principales amenazas que pesan sobre los ecosistemas esteparios.

Se denomina estepa a una zona llana y extensa cubierta por vegetación herbácea, propia de climas extremos con escasas precipitaciones, generalmente en zonas interiores de los continentes. Ejemplos de estas estepas naturales los encontramos en Asia Central, la Pampa argentina o el interior del continente norteamericano. Aunque la superficie ocupada en Castilla-La Mancha por las estepas en sentido estricto es reducida, una gran parte de la superficie regional (casi el 60 % de los 79.230 km2 que conforman nuestra región) está dedicada al cultivo de especies de porte herbáceo como las gramíneas (cebada, trigo, avena, principalmente) que son ecológicamente y fisionómicamente similares a las estepas de otras partes del mundo.


Además de los terrenos dedicados al cultivo de gramíneas que predominan por su extensión en Castilla-La Mancha, las estepas aparecen representadas en nuestra comunidad por otras formaciones de vegetación natural, que por su escasez actual representan un rico patrimonio natural que merece ser conservado, tal y como ha sido recogido en nuestras leyes de conservación. Estas formaciones incluyen pastizales y formaciones con especies leñosas de bajo porte (albardinales, espartales, saladares, tomillares, praderas salinas,..) que se presentan en zonas con condiciones edáficas particulares, en suelos de yesos, salinos, etc.

Casi el 60% de la superficie de nuestra región se dedica a cultivos herbáceos
 
A estas formaciones “esteparias” aparece asociada una variada fauna, en las que destaca la presencia de aves que se han adaptado a vivir en las condiciones impuestas por la presencia de vegetación herbácea y la práctica ausencia de árboles o arbustos, que les obliga a anidar y alimentarse en el suelo. Entre estas especies podemos citar a la Avutarda común Otis tarda, al Sisón Tetrex tetrax, el Alcaraván Burrhinus oedicnemus, la Ganga ortega Pterocles orientalis, la Ganga ibérica Pterocles alchata, la Perdiz roja Alectoris rufa, los Aguiluchos cenizo Circus pygargus y pálido Circus cyaneus, el Cernícalo primilla Falco naumanni y un buen número de paseriformes que incluyen a las alondras, cogujadas, terreras, totovías, calandrias y a la amenazada Alondra ricotí Chersophilus duponti cuyos cantos aportan una sonoridad a estos paisajes abiertos.
La conservación de las estepas en las normativas comunitaria y autonómica.
 
 
La legislación sobre medio ambiente en sus diversos ámbitos ha reconocido el singular valor de los hábitat esteparios y de las especies que en ellos habitan, estableciendo normas específicas para su protección. Así, la legislación europea a través de la Directiva 79/409/CEE relativa a la conservación de las aves silvestres y de la Directiva 92/43/CEE de Conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres, pretende establecer un marco normativo dirigido a la conservación de los ecosistemas y de la flora y fauna considerada amenazada en el ámbito europeo.

De la aplicación de ambas directivas comunitarias se desprende la obligación de los Estados miembros de la Unión Europea de establecer una serie de zonas protegidas con el fin de asegurar la conservación de determinados hábitat y de las especies que en ellos viven. Estas zonas son, respectivamente, las denominadas ZEPA (Zonas de especial protección para las aves) y los LIC (lugares de importancia comunitaria). Las áreas incluidas en ambas figuras de protección conforman la denominada Red Natura 2000, en la que deberán estar adecuadamente representados los tipos de hábitat naturales y los hábitat de las especies contempladas por las directivas citadas. Entre ellos se encuentran, obviamente, una buena parte de los hábitat naturales y de las especies de fauna asociadas a los medios esteparios, y muy en particular, las aves.

 
A nivel autonómico, la Ley 9/1999 de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha contempla la protección de una serie de especies catalogadas como amenazadas, a la vez que establece una serie de hábitat de protección especial. Algunas de las zonas que albergan especies de flora y fauna catalogadas o hábitat de protección especial han sido a su vez incluidas en ZEPA y/o LIC, integrándose, por tanto, en la Red Natura 2000. Entre los LIC se incluyen zonas que poseen comunidades vegetales gipsófilas y halófilas, propias de suelos con yesos u otras sales (albardinales, saladares) en las que se presentan algunas de las especies de plantas más amenazadas y clasificadas, por tanto, en peligro de extinción en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, entre las que podemos citar a Vella pseudocytisus, Limonium erectum o Helianthemum polygonoides.
Las ZEPA y la conservación de las aves esteparias en CLM.
 
Dentro del concepto “estepa” también se incluyen hábitat salinos de gran valor ecológico
 
En la actualidad, en Castilla-La Mancha han sido declarados como ZEPA aproximadamente unos 15.776 km2, lo que representa el 20% de la superficie regional. De esta cifra, las ZEPA que se sitúan en hábitat de carácter “estepario” ocuparían unos 2.662 km2 (aproximadamente el 17 % del total de la superficie declarada como ZEPA y el 3,4 % de la superficie regional; tabla 1). Para especies como la avutarda, con una estima de 4500 individuos en 2004 (Alonso et al, 2005), que sin duda infravalora la población real, Castilla-La Mancha albergaría al 25 % de la población española, siendo la segunda comunidad por número de individuos, después de Castilla y León.

Destacan por su extensión, la ZEPA “Área esteparia de la Mancha Norte”, que cuenta con la mayor parte de la población de avutardas a nivel regional (unos 4.000 individuos en invierno de 2004), la ZEPA del Área esteparia del Este de Albacete, la ZEPA del Campo de Calatrava, las parameras de Maranchón o las ZEPA del Campo de Montiel y El Bonillo. Estas últimas, además de su importancia para aves típicamente esteparias son una zona clave para la dispersión de rapaces catalogadas en peligro de extinción como el Águila imperial ibérica Aquila adalberti o el Águila perdicera Hieraaetus fasciatus.

  
 
Cada año se pierden numerosos nidos de aguilucho cenizo en la época de siega a causa de cosechadoras y empacadoras.

 
La declaración de una ZEPA conlleva para la administración la obligación de adoptar las medidas necesarias para conservar en el mejor estado posible el hábitat en el que viven estas aves, así como la protección directa de las mismas. Es cierto que la propia génesis de estos campos cultivados ha sido en gran medida el resultado de la acción humana, aunque la transformación lenta del medio a lo largo de siglos ha permitido a una serie de especies adaptarse a estos cambios y prosperar en medio de nuestros cultivos. Los usos agrarios tradicionales, no intensivos, de los cultivos cerealistas de secano (rotación de cultivos, barbechos, mantenimiento de linderos, etc.) han posibilitado la existencia de la rica comunidad de aves esteparias que afortunadamente todavía existe en nuestra región por lo que la declaración como ZEPA no sólo no impide los mismos, sino que favorece la posibilidad de ayudas para que estos usos compatibles con su conservación continúen.

 
No obstante, los recientes cambios en las prácticas agrícolas que llevan a la intensificación agrícola, con la extensión de regadíos, el mayor uso de abonos y pesticidas, la desaparición de los barbechos, el cambio en los cultivos o la desaparición de los mismos por la urbanización creciente y la construcción de infraestructuras, ponen en peligro la conservación de estas especies. En este sentido, las ZEPA situadas en medios esteparios, altamente antropizados, no son ajenas a estas amenazas, por lo que las aves esteparias son probablemente en la actualidad las más vulnerables a los impactos causados por nuestras actividades. Así, por ejemplo, la mecanización de la actividad de siega ha supuesto en los últimos 20 años la reducción de las poblaciones de aguilucho cenizo, al anidar en los cultivos de cereal y sufrir cada año una elevada pérdida de nidos a causa de las cosechadoras y empacadoras. A la vez, el uso inadecuado de pesticidas puede afectar a especies como el cernícalo primilla, la avutarda, diversos paseriformes o a la propia perdiz roja, (esta última de gran importancia económica como especie cinegética), al reducir la disponibilidad de alimento y eventualmente provocar cierta mortalidad de pollos o adultos que ingieren las sustancias tóxicas presentes en los insectos capturados.

De hecho, las poblaciones de diversas aves asociadas a medios agrícolas han disminuido en España en los últimos años (figura 1). Aunque probablemente no exista una única causa para este descenso, la intensificación agrícola puede ser en gran medida responsable del declive. Las roturaciones, ciertos cambios de cultivo o su intensificación, la urbanización del medio natural y, paradójicamente, ciertas reforestaciones mal planteadas, pueden igualmente reducir el hábitat para las especies esteparias y afectar negativamente a sus poblaciones.

  
 
Es preciso alcanzar un equilibrio entre la modernización de las explotaciones y la conservación de los ecosistemas agrarios.
Medidas agroambientales.
 
La existencia de estas amenazas exige de las administraciones un mayor esfuerzo para proteger estas zonas y hacer compatible el lógico deseo de mejora del sector agrícola con la conservación de los valores naturales que sustentan las zonas cultivadas. En este sentido, la existencia de una ZEPA es claramente compatible con los usos agrarios extensivos tradicionales, ya que precisamente el estado actual de conservación es debido a los mismos, por lo que determinadas líneas de ayuda se orientan precisamente a favorecer prácticas compatibles con la conservación en el ámbito de espacios de Red Natura. En Castilla-La Mancha, las ayudas agroambientales vienen reguladas mediante las ordenes de 7-4-1995 de 1995 y de 30-4-2004 y sus modificaciones posteriores, que contemplan la subvención de ciertas actividades orientadas a favorecer prácticas extensivas beneficiosas para la flora y fauna silvestre (barbecho semillado con leguminosas, sobresiembra de cereal, transformación de cultivos herbáceos en praderas permanentes, etc.). Sin embargo, considerando que una parte importante de las poblaciones de aves esteparias en Castilla-La Mancha se encuentran actualmente fuera de áreas declaradas ZEPA (cernícalo primilla, aguiluchos cenizo y pálido, sisón, entre otras), es aconsejable que estas ayudas puedan ser implementadas también en zonas de importancia para estas aves situadas fuera de la Red Natura 2000.

El uso inadecuado de pesticidas afecta negativamente a una especie tan emblemática y de tanto interés económico como la perdiz roja.

En este sentido, la reforma de la Política Agraria Comunitaria PAC, estableció una serie de ayudas orientadas a fomentar prácticas agrarias sostenibles que permitiesen la conservación de las especies propias de estos hábitat. Estas ayudas se enmarcan dentro del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), actualmente gestionado por la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural. Es sin duda necesario encontrar formas de equilibrio entre las ayudas dirigidas a la modernización de las explotaciones y mejora de su competitividad y la conservación de los ecosistemas agrarios, de forma que su aplicación no derive en transformaciones negativas para estos últimos, contemplando la eco-condicionalidad como requisito para la concesión de estas ayudas. Es éste un reto que exige un mejor conocimiento de las repercusiones y resultados sobre el medio ambiente de las medidas aplicadas en años anteriores y a la vez un mayor contacto y diálogo entre los diversos sectores implicados: agricultores y ganaderos, administraciones y grupos conservacionistas.

  
  
 
  
  
 
+ Info
Figura 1. Tendencias de aves de diversos hábitat en España. Programa SACRE. SEO-BirdLife 2005.


Tabla 1 ZEPAS de carácter estepario en Castilla-La Mancha.
CÓDIGO
NOMBRE
PROVINCIA
SUPERFICIE DECLARADA TOTAL (ha)
ES0000153WArea Esteparia del este de Albacete
Albacete
25.756,60
ES0000154Zona Esteparia de el Bonillo
Albacete
17.279,84
ES0000157Campo de Calatrava
Ciudad Real
6.723,34
ES0000158Areas esteparias del campo de Montiel
Ciudad Real
16.110,46
ES0000170Area esteparia de la Mancha Norte
Ciudad Real, Cuenca y Toledo
107.245,96
ES0000390San Clemente
Cuenca
10.677,81
ES0000094Parameras de Maranchon, Hoz del Mesa y Aragoncillo
Guadalajara
46.301,00
ES0000167Estepas cerealistas de la Campiña
Guadalajara
2.496,65
ES4240023Lagunas y parameras del Señorío de Molina
Guadalajara
6.163,80
ES0000168Llanuras de Oropesa, Lagartera y Calera y Chozas
Toledo
14.798,04
ES0000435
Área esteparia de la margen derecha del río Guadarrama
Toledo
12.703,00
    


  
 
Las “estepas” son un hábitat protegido por las legislaciones ambientales europea, estatal y autonómica.

  
 
Bibliografía citada

Alonso, J.C: Palacín, C y C.A Martín. La Avutarda común en la Península Ibérica. SEO-BirdLife. 2005.

VVAA. La vegetación protegida de Castilla-La Mancha: Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Programa Sacre. SEO-Birdlife. Informe Balance 1996-2004.
Juan Pablo Castaño
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